Aumenta la Unidad Tributaria en Venezuela: ¿Cuál es el impacto real de esta medida?

Según quedó expresado en la Gaceta Oficial Nro. 42.359, del 20 de abril de 2022, se aumentó de Bs. 0,02 a Bs. 0,40 el valor de la Unidad Tributaria (UT).

La medida surge tras un rezago importante de este tributo, el cual se dejó de ajustar según la inflación.

El abogado tributario, Daniel Betancourt, explicó que la UT fue creada en el año 1994 por el Código Orgánico Tributario.

“El objeto de la Unidad Tributaria era que en las leyes tributarias se mantuvieran constantes las cantidades de esa magnitud, sin necesidad de tener que cambiar, año a año, las expresiones numéricas en los instrumentos jurídicos, desvalorizadas por causa de la inflación”, detalló Betancourt.

Ajuste diferido

Al Seniat le corresponde ajustar la UT cada febrero, con un valor acorde a la inflación anual.

“El ajuste debía hacerse conforme a la variación «Indice de Precios al Consumidor» en Caracas y previa opinión favorable de Poder Legislativo”, aclaró el abogado tributario.

Pero el chavismo dejo de actualizar el valor de la UT desde el año 2014.

La nueva regularización, o actualización, de la UT la dictaminaría el presidente de la República.

Desnaturalización de la UT

Betancourt señaló que, desde 2014, la UT se utilizó para fines no naturales de su creación, por ejemplo: para establecer beneficios laborales; determinar viáticos y gastos dentro de la Administración Pública.

“El interés por reajustar la Unidad Tributaria dejó de ser simplemente fiscal”, consideró el abogado tributario.

La opacidad sobre cifras de inflación en Venezuela “llevó al caos de que los Municipios «inventaran» sus propias unidades de valor o tuvieran como referencia a los fines tributarios variopintas magnitudes económicas: dólar, gramo de oro, sueldo mínimo y finalmente el Petro”.

Cortesía

“La Unidad Tributaria actualmente solo se usa para la determinación los tributos nacionales, en escenarios en que conviene económicamente al Estado mantener la infravaloración histórica”, concluyó Betancourt.

No varían demasiado los contribuyentes

El incremento del tributo no cambia demasiado la estructura de contribuyentes en el país.

De acuerdo con el portal Banca y Negocios, la norma define a los Sujetos Pasivos Especiales como aquellos que registran ingresos por un mínimo de 30.000 unidades tributarias en el ejercicio fiscal precedente.

Con el valor anterior, ese ingreso era equivalente a 600 bolívares, y ahora se eleva a 12.000 bolívares, o 2.690 dólares al tipo de cambio oficial.

De acuerdo al cáculo, la base de agentes de percepción del Ompuesto a las Grandes Transacciones financieras (IGTF), no debería verse muy impactada.