Aerolíneas privadas podrán viajar a Cancún con una frecuencia de cinco vuelos mensuales desde el #1Sep

El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) Informó al público en general y agencias de viajes que las operaciones en la ruta Maiquetía – Cancún y Valencia – Cancún se mantendrá activa, pero con restricciones para las aerolíneas privadas, desde el primero de septiembre.

Las operaciones de vuelos no regulares (chárter de las líneas privadas) por disposiciones de la Autoridad Aeronáutica Mexicana, experimentará una disminución de su frecuencias a cinco (05) operaciones mensuales.

Se informó que bajo la modalidad chárter estarán operando las empresas: Laser Airlines, Estelar Latinoamérica, La Venezolana (RAVSA), RUTACA y Turpial Airlines.

Por su parte, México y Venezuela acordaron que la aerolínea estatal Conviasa será la única autorizada para establecer vuelos regulares.

Permisos correspondientes

El presidente de la Asociación de Líneas Aéreas de Venezuela (ALAV), Humberto Figuera, señaló un vuelo chárter solo tiene justificación si está atado a un paquete turístico.

“Tú no puedes hacer un vuelo chárter si no lo vendes con un paquete turístico. La autoridad mexicana quiere regularizar la operación de las líneas aéreas venezolanas y ya no quiere autorizar más vuelos chárter”, dijo.

Comentó que “cuando se abrieron las rutas en base al tema de la pandemia, las líneas aéreas venezolanas, buscando la conectividad para sus pasajeros, solicitaron la posibilidad de hacer vuelos chárter desde Venezuela a un destino mexicano“.

Precisó que “todas las líneas aéreas deben hacer esta autorización y seguro lo van a hacer”.

Política de reembolsos

El ente estatal ratificó que, en el caso de existir cancelaciones de vuelos por parte de las líneas aéreas, estas deben asistir y proteger a los usuarios del servicio público de transporte aéreo, según lo establecido en los Art. 21, 22 y 23 de las Condiciones Generales de Transporte Aéreo (CGTA); que establecen lo siguiente:

1) Derecho a Compensación correspondiente al 25% del valor del boleto

2) Derecho al reembolso o protección con otra línea aérea que opere la misma ruta

3) Cambio de ruta sin penalidad

4) Derecho a la asistencia e información